Empresas como BBVA, Iberdrola o Veolia apoyan los Acuerdos Climáticos impulsados por las ciudades misión españolas
¿Qué pasa si estoy de vacaciones y me toca estar en una mesa electoral?
La duda está en si tener billetes comprados o alojamiento reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral
Mesa electoral de este 28M. (Foto: EFE)
Lectura estimada: 2 min.
¿Qué pasa si estoy de vacaciones y me toca ser mesa electoral? Es una de las preguntas que asalta a más de uno tras conocerse la convocatoria de elecciones generales para el próximo 23 de julio.
Además de celebrarse en julio, un mes que escoge un 30% de españoles para irse de vacaciones, el domingo electoral coincide con el puente por el día de Santiago Apóstol, que se celebra el 25 de julio y que es festivo en algunas comunidades, como Galicia, Castilla y León, Navarra el País Vasco.
Por tanto, la duda está en si tener billetes comprados o alojamiento reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral, en caso de ser convocado, publica EFE.
¿Cuándo se eligen los miembros de la mesa?
Los presidentes y vocales de las mesas, al igual que dos suplentes por cada uno de ellos, son elegidos por sorteo entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria, según recoge la ley. Es decir, entre el 24 y el 28 de junio.
Los designados disponen de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá en cinco días y comunicará al interesado su decisión.
La Junta Electoral Central emitió en 2011 una instrucción con una lista de supuestos en los que estaría justificada la excusa de la persona designada. Una lista que, no obstante, está abierta.
Dentro de esta lista se puede distinguir entre causas personales, familiares o profesionales. En algunos casos no hay duda sobre la causa para no acudir, que se justifica por si sola, por lo que solo hay que acreditar la circunstancia.
Cuando la justificación de la causa alegada depende de circunstancias concretas, la Junta Electoral de Zona es la que decide tras su análisis. Es decir, queda a su discrecionalidad.
No figura en la citada lista ningún caso relacionado con tener adquiridos billetes o reservas de alojamientos por motivos vacacionales. Por tanto, se podría alegar ante la Junta Electoral de Zona pero será este órgano el que decidirá.
Es muy importante en estos casos presentar toda la documentación y acreditar las circunstancias por las que se pide no estar en la mesa electoral. Por ello, cuanto más información se aporte, mejor.
Además de celebrarse en julio, un mes que escoge un 30% de españoles para irse de vacaciones, el domingo electoral coincide con el puente por el día de Santiago Apóstol, que se celebra el 25 de julio y que es festivo en algunas comunidades, como Galicia, Castilla y León, Navarra el País Vasco.
Por tanto, la duda está en si tener billetes comprados o alojamiento reservado puede servir como excusa para no estar en una mesa electoral, en caso de ser convocado, publica EFE.
¿Cuándo se eligen los miembros de la mesa?
Los presidentes y vocales de las mesas, al igual que dos suplentes por cada uno de ellos, son elegidos por sorteo entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria, según recoge la ley. Es decir, entre el 24 y el 28 de junio.
Los designados disponen de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona la causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resolverá en cinco días y comunicará al interesado su decisión.
La Junta Electoral Central emitió en 2011 una instrucción con una lista de supuestos en los que estaría justificada la excusa de la persona designada. Una lista que, no obstante, está abierta.
Dentro de esta lista se puede distinguir entre causas personales, familiares o profesionales. En algunos casos no hay duda sobre la causa para no acudir, que se justifica por si sola, por lo que solo hay que acreditar la circunstancia.
Cuando la justificación de la causa alegada depende de circunstancias concretas, la Junta Electoral de Zona es la que decide tras su análisis. Es decir, queda a su discrecionalidad.
No figura en la citada lista ningún caso relacionado con tener adquiridos billetes o reservas de alojamientos por motivos vacacionales. Por tanto, se podría alegar ante la Junta Electoral de Zona pero será este órgano el que decidirá.
Es muy importante en estos casos presentar toda la documentación y acreditar las circunstancias por las que se pide no estar en la mesa electoral. Por ello, cuanto más información se aporte, mejor.
Últimas noticias de esta sección
La nueva doctrina permite reclamar fijeza o indemnizaciones por abuso de temporalidad en las administraciones públicas
El vicesecretario del PP, Elías Bendodo, insiste en que policías nacionales y guardias civiles ejercen una profesión de riesgo "sin ninguna duda"
Sí se mantendrá hasta finales de junio la rebaja al 10 % del IVA de los carburantes, tal y como ha informado el Ministerio de Economía
Lo más visto
Últimas noticias
Módena vive horas de tensión tras un atropello masivo y un ataque con cuchillo en pleno centro
Quién era Izz al Din Al Haddad el alto mando de Hamás abatido en Gaza por Israel
Valladolid refuerza su apuesta climática con el respaldo del Grupo Español para el Crecimiento Verde
El Supremo abre la puerta a una avalancha de demandas de interinos en toda España
El Gobierno de Antigua y Barbuda reconoce el español como segunda lengua oficial del país
0 Comentarios
* Los comentarios sin iniciar sesión estarán a la espera de aprobación
Inicia sesión o registrate para comentar








